Preguntas frecuentes para equipaje en tren | Iryo
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Política de equipaje
Consulta las condiciones de la política de equipajes aquí.
En el caso de haber adquirido los billetes antes del 19 de diciembre de 2023, se pueden llevar hasta 3 piezas de equipaje: 2 bultos con un tamaño máximo de 85x55x35cm y un bolso de mano con un tamaño máximo de 36x27x15cm. En el caso de haber realizado después de esta fecha (19/12/2023) cualquier cambio de billete que haya supuesto una actualización de éste, no se aplica la política equipaje comentada previamente en este párrafo. En los billetes adquiridos después de esta fecha se puede encontrar una imagen con el equipaje incluido a bordo (medidas de ancho, largo y alto).
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Carritos de bebé
Los carritos de bebé deben de ir plegados y ubicados siguiendo las indicaciones del personal a bordo del tren. El carrito plegable está incluido en los billetes de bebé, y no es necesario añadir un equipaje adicional.
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Bicicletas
Sólo se permite el acceso al tren con bicicleta, siempre que esté desmontada, contenida en una bolsa o maleta apta para su transporte y cerrada. La bicicleta se considera un bulto en la política de equipaje, y por ello debe cumplir con las medidas máximas permitidas para el equipaje dentro del tren. Los portadores son responsables de la carga y descarga de los bultos que contengan las bicicletas, de su custodia y vigilancia durante el viaje para garantizar la seguridad y comodidad de otros pasajeros y de cualquier posible daño que las mismas pudieran producir a terceros o al tren.
Para los billetes adquiridos antes del 18 de abril de 2024:
El cliente podrá llevar una bicicleta a bordo, sujeto a disponibilidad de espacio en función de la ocupación del tren. Para poder subir con la bicicleta a bordo del tren, el cliente debe previamente solicitar y obtener permiso a través de las oficinas de asistencia y venta de billetes de las estaciones (Casas iryo) o del Servicio de Atención al Cliente, siempre con al menos 2 horas de antelación al inicio del viaje. No se permite el acceso de bicicletas sin desmontar y que no estén contenidas en una funda especial de transporte para bicicletas debidamente cerrada. El cliente podrá llevar una bicicleta siempre y cuando esté desmontada y contenida en una funda especial de transporte para bicicletas debidamente cerrada y cumpla con las dimensiones permitidas que no deben exceder las siguientes medidas 90x120x40cm.
La carga, custodia y descarga de las bicicletas serán efectuadas por sus portadores. El cliente que lleve una bicicleta deberá mantener en todo momento el cuidado debido para garantizar la seguridad y comodidad de los demás viajeros, sin causar peligro o molestias a otros viajeros y siendo responsable de los posibles daños que se pudieran producir al tren y a terceros. La custodia y vigilancia de estas será exclusiva responsabilidad de sus portadores.
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Patinetes y bicicletas eléctricas
No está permitido el transporte de patinetes sin motor ni eléctricos así como bicicletas eléctricas a bordo de los trenes de iryo.
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Equipajes especiales
¿Puedo llevar equipo de esquí?
Se permiten llevar esquís y equipo siempre guardados en la bolsa especial para este tipo de equipajes. El límite por persona es de un par de esquís y un equipo por cada viajero.
¿Puedo llevar palos de golf?
Se permiten llevar palos de golf guardados en la bolsa de palos especial para este tipo de equipajes. El límite por persona es de una bolsa de palos por cada viajero.
¿Puedo llevar instrumentos musicales?
Se pueden llevar instrumentos musicales a bordo siempre que cumplan las dimensiones de equipaje permitidas en cada billete (equipaje de mano: 36x27x15cm, maleta de cabina: 55x35x25cm y maleta grande: 70x55x35cm). En caso de no cumplir estas dimensiones no se permite viajar con instrumentos musicales, exceptuando el caso de las guitarras que sí se permiten guitarras.
¿Puedo llevar cajas?
Sí se permiten cajas, siempre que se cumpla con el número máximo de bultos permitidos en la tarifa y que no excedan las dimensiones del equipaje de mano o de cabina como medida máxima.
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Equipaje no permitido a bordo
Armas de fuego y otros dispositivos que descarguen proyectiles:
· Armas de fuego. Únicamente se permiten a fuerzas y cuerpos de seguridad.
· Pistolas de juguete, reproducciones de armas de fuego y armas de fuego de imitación que puedan confundirse con armas reales.
· Armas de aire comprimido o de CO2, tales como pistolas y escopetas de perdigones, rifles y pistolas de balines.
· Pistolas lanza-bengalas y pistolas “estárter” o de señalización.
· Ballestas, arcos y flechas.
· Arpones y fusiles de pesca.
· Pistolas de bolas de pintura, etc.
Objetos contundentes que puedan resultar especialmente peligrosos para la integridad física de las personas
· Porras, cachiporras.
· Equipos para artes marciales (nudilleras de metal, nunchacus, kubatones, etc.), etc.
Objetos punzantes o con filo:
· Bastones-estoque.
· Puñales.
· Navajas automáticas.
· Navajas y cuchillos con hoja de una longitud superior a 6 cm.
· Sables, espadas, machetes.
· Tijeras cuyas hojas superen los 6 cm de longitud a partir del eje, etc.
Sustancias explosivas, inflamables, químicas o tóxicas:
· Municiones, excepto la que porten en los cargadores de las armas los miembros de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Fuerzas Armadas, CNI y poseedores de licencia de arma tipo B.
· Fulminantes.
· Detonadores.
· Gas y bombonas de gas.
· Nebulizadores de pintura.
· Minas, granadas y otras cargas explosivas de uso militar.
· Combustibles líquidos inflamables.
· Envases presurizados, etc.
Para más información consulta las restricciones de ADIF
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Pérdida de equipaje
¿Qué hago si me ha desaparecido el equipaje?
ADIF tiene una red de oficinas disponibles en las principales estaciones donde podrá acudir a reclamar los objetos perdidos.
¿Qué hago si me han robado el equipaje en la estación?
Si el viajero tiene la certeza de que le han sustraído su equipaje debe acudir a la comisaría de la estación (Atocha y Sants) sino a la más cercana para denunciarlo.